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Miércoles, 11 Enero 2012 22:26
Comunicados

Carta abierta a los rectores de las universidades españolas

En defensa de la autonomía universitaria en la definición del Título de Grado en Ingeniería de Edificación.

Los firmantes de esta carta, directores de las escuelas que imparten la titulación de Grado en Ingeniería de Edificación en las universidades públicas y privadas del Estado español y la Asociación Sectorial de  Estudiantes de Ingeniería de Edificación, que representa a los estudiantes de Arquitectura Técnica e Ingeniería de Edificación de todas las escuelas del territorio español, analizado el contenido de la sentencia de la Sala Primera del Tribunal Constitucional, dictada el pasado día 22 de noviembre, por la que se acuerda, de manera no unánime, denegar el recurso de amparo solicitado por el Consejo General de Colegios Oficiales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos contra la sentencia del Tribunal Supremo del 9 de marzo de 2010 en la que se declaraba la nulidad de la reserva en exclusiva de la denominación "Graduado o Graduada en Ingeniería de Edificación" contenida en la Resolución de 17 de diciembre de 2007 de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, que establece las condiciones a las que deben adecuarse los planes de estudio conducentes a la obtención de títulos que habiliten para el ejercicio de la profesión regulada de Arquitecto Técnico, hemos acordado manifestar públicamente nuestro convencimiento de que la denegación por el Tribunal Constitucional de ese recurso de amparo requiere con carácter urgente una actuación conjunta y unitaria de los Rectores de las universidades públicas y privadas españolas que asegure la independencia y autonomía de las universidades en el ejercicio de las responsabilidades que la ordenación jurídica les confiere y, en concreto, en la definición del título académico de Grado en Ingeniería de Edificación, de acuerdo todo ello con lo indicado en el referido auto del Tribunal Constitucional sobre la fundamentación jurídica y desarrollo normativo de la autonomía universitaria y atendiendo a las siguientes consideraciones:

1. La anulación de la denominación de la titulación de Grado en Ingeniería de Edificación constituiría, a nuestro juicio, una evidente vulneración efectiva de la autonomía que el actual ordenamiento jurídico y normativo otorga a las universidades en la definición de los objetivos, contenidos académicos y competencias propios de cada titulación universitaria.

En el uso de esa exclusiva competencia, las universidades españolas concluyeron conjunta y solidariamente que la denominación de la titulación de grado que habilitase para el ejercicio de la profesión regulada de Arquitecto Técnico no fuese otra que la de Ingeniería de Edificación. En el uso, entonces, de las atribuciones que les son propias y exclusivas, las universidades fundamentaron esta resolución tanto en argumentos académicos, puesto que las materias y metodologías que se definieron y se incluyeron en los correspondientes planes de estudio se situaban inherentemente en el campo de la ingeniería, como en evidencias disciplinares o curriculares, habida cuenta de la existencia de un gran número de titulaciones que, en el ámbito europeo, principalmente, recogen esta misma denominación y, por supuesto, similares contenidos y competencias. La definición de la titulación de Grado en Ingeniería de Edificación, muy sólidamente argumentada por las universidades, y su proceso de implantación, que ha satisfecho todos y cada uno de los requerimientos normativos universitarios, autonómicos y nacionales, no hubieran debido ser nunca cuestionados. Consideramos que los argumentos en los que se sustenta el recurso emprendido, principalmente, por el Consejo General de Colegios de Ingenieros Industriales contra la denominación del título de Grado en Ingeniería de Edificación contenida en la ya mencionada Resolución de 17 de diciembre de 2007 de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, se sitúan en un ámbito absolutamente ajeno al discurso universitario que ha justificado la definición de esta nueva titulación, afectando así, sustancialmente, a la intrínseca competencia de la Universidad en la fundamentación y argumentación de sus decisiones.

2. La argumentación expuesta por el Consejo General de Colegios de Ingenieros Industriales en su recurso a la Resolución de 17 de diciembre de 2007 de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, estimado favorablemente por el Tribunal Supremo en su sentencia del 9 de marzo de 2010, sobre el carácter generalista e inductor a la confusión del título de Grado en Ingeniería de Edificación, carece, al situarse fuera del discurso universitario, de coherencia académica.

Efectivamente, tal argumentación se fundamenta, en primer término, en una apreciación. De acuerdo a ella, la denominación de Grado en Ingeniería de Edificación es excesivamente generalista e induce a confusión, ya que esta denominación podría sugerir o induciría a pensar que los titulados en Ingeniería de Edificación "tienen en detrimento de otros profesionales una competencia exclusiva en materia de edificación”. Los firmantes de este escrito manifestamos nuestra más profunda preocupación ante el hecho de que una mera apreciación, con el grado de subjetividad que toda apreciación inevitablemente conlleva, pueda ser considerada como argumento jurídico y, más aún, cuando esta apreciación se aleja tan sustancialmente de la realidad del proceso de la edificación, en el que no cabe pensar en la existencia de un profesional con competencias exclusivas en este campo. Nada más absurdo. La complejidad actual de los proyectos de edificación muestra por el contrario que en su planteamiento y en su ejecución deben intervenir necesariamente profesionales con muy diversas competencias técnicas y de gestión. La invocación a una futura figura profesional con competencias exclusivas en materia de edificación nos parece pues una profecía que no está en absoluto justificada. Y, en coherencia con esta evidencia, ni los objetivos de la titulación de Grado en Ingeniería de Edificación ni sus competencias, se han formulado o desarrollado bajo esa perspectiva excluyente y, desde luego, ajena a los redactores de los planes de estudio de estas titulaciones, plenamente conscientes de que el nuevo título de Grado en Ingeniería de Edificación debe, en muy primer término, ajustarse a las competencias del Arquitecto Técnico y, por tanto, a las atribuciones profesionales limitadas que la Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación establece para esta figura profesional. Y por ello mismo, nos parece absolutamente sorprendente la atribución a la titulación de Grado en Ingeniería de Edificación de un excesivo carácter generalista, puesto que su campo de actuación está plena y concretamente definido, muy lejos, por lo tanto, del grado de ambigüedad o generalidad con la que puede concebirse una ingeniería en todos los sectores industriales o tecnológicos.

3. La argumentación expuesta por el Consejo General de Colegios de Ingenieros Industriales en su recurso a la Resolución de 17 de diciembre de 2007 de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, estimado favorablemente por el Tribunal Supremo en su sentencia del 9 de marzo de 2010, consistente en la posible vulneración del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, sobre ordenación de enseñanzas universitarias oficiales ante la inexistencia de la profesión regulada de Ingeniero de Edificación, tiene especiales y extremadamente graves repercusiones sobre la reforma que las universidades, en virtud de su autonomía, han establecido sobre la ordenación de las titulaciones que habilitan para el ejercicio de las profesiones reguladas.  

En este sentido, desde nuestra perspectiva exclusivamente universitaria, no podemos sino hacer notar que este argumento, en sí mismo, contradice los fundamentos sobre los que se ha diseñado la ordenación de nuestro sistema universitario en el marco común europeo. Esta nueva ordenación ha logrado mantener hasta ahora el compromiso entre la necesidad de identificación de la profesión regulada a la que se accede con una determinada titulación universitaria y la necesidad de identificación en el sistema universitario europeo de esa titulación. Así, al igual que se entiende complicado mantener en el nuevo marco europeo una titulación académica de Grado en Ingeniería Técnica Industrial, con sus especialidades, y sí, por el contrario, titulaciones con la denominación de Grado en Ingeniería Mecánica o en Ingeniería Eléctrica, resulta difícil situar en esta referencia europea común una titulación universitaria de Arquitectura Técnica y sí, plenamente, la de Grado en Ingeniería de Edificación. La invocación, por tanto, de una pretendida confusión entre la denominación de los estudios universitarios y la profesión a que estos estudios habilitan compromete grave y tardíamente, a nuestro juicio, la actual ordenación de los estudios universitarios.

Atendiendo entonces a nuestra responsabilidad no podemos sino rechazar las argumentaciones que, cuestionando la denominación de la titulación de Grado en Ingeniería de Edificación, se han formulado por diversos colegios profesionales en el ámbito de otras ingenierías. Como hemos indicado, estas argumentaciones se enmarcan en un contexto extra-académico que debemos, en el uso de nuestra independencia y autonomía, denunciar como una inadmisible injerencia.

Atendiendo, por fin, también a nuestra responsabilidad, debemos hacer notar el gran perjuicio que se está ocasionando a nuestras escuelas y a sus estudiantes con el mantenimiento de esta situación de indefinición. Son miles las personas que en las universidades españolas están estudiando, o ya se han graduado, una titulación cuya denominación está en entredicho y también se cuentan ya por miles los profesionales de la Arquitectura Técnica que han cursado las materias complementarias que les han permitido graduarse en Ingeniería de Edificación. No es fácil valorar el descrédito social que supondría para nuestras escuelas y para nuestro sistema universitario en su conjunto la inhabilitación judicial de la denominación del título de Grado en Ingeniería de Edificación, puesto que nunca se ha dado en la Universidad española una situación de similar naturaleza y envergadura. Este descrédito adquiriría ahora, además, una dimensión europea, puesto que la modificación de la denominación del título con la que han sido suscritos numerosos acuerdos de cooperación educativa o acuerdos de doble titulación con universidades europeas sería difícil de justificar.

Esta carta se emite en un momento en que coexisten sentencias contradictorias, emitidas por diferentes Tribunales de Justicia, que afectan de forma diferenciada y, por tanto, potencialmente discriminatoria, al título de Grado en Ingeniería de Edificación en diversas universidades.

Por todo ello, solicitamos a los Rectores de las universidades españolas que adopten, a la mayor brevedad posible, los acuerdos oportunos para garantizar que los títulos propuestos por las universidades dentro de su autonomía y aprobados por el Gobierno no puedan ser susceptibles de cuestionamiento judicial y emprendan las acciones necesarias para que la denominación de los estudios de Grado en Ingeniería de Edificación, acordada por todas las universidades en el ejercicio autónomo de la responsabilidad que la ordenación jurídica les confiere, sea final y definitivamente respetada.

 

Conferencia de Directores de Escuelas de Arquitectura Técnica e Ingeniería de Edificación (CODATIE)
Asociación Sectorial de Estudiantes de Ingeniería de Edificación (ASAT)

 

15 comentarios

NO NECESITAMOS ADATE

Enlace Comentario Jueves, 19 Enero 2012 20:03

Buenas tardes. Soy alumno de grado de Ingenieria de Edificación, me parece muy mal lo que esta haciendo ADATE con la profesión, sus teorias estan basadas en mentiras que difunden en diferentes medios de internet, sin saber o sabiendo el daño que estas haciendo, creo que entre todos los que actualmente cursamos el Grado y los que ya son titulados en Arquitectura Técnica y IE debemos hacer algo, yo he intendado dar mis argumentos en su pagina web de Facebook y te borran, es un grupo de amigetes que buscan protagonismo, cosa que ahora no hace falta, todos debemos remar en la misma dirección.

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ingeniero frustrado

Enlace Comentario Miércoles, 18 Enero 2012 00:46

Aquí la culpa la tiene Alfonso Guerra por cambiar el nombre y dar atribuciones a sus coleguitas por intereses propios. Ahora tienen algo que no les pertenece y encima los intrusos en nuestro trabajo somos nosotros. ¡¡¡¡ESTO ES ESPAÑA!!!!

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Building Engineer

Enlace Comentario Miércoles, 18 Enero 2012 00:11

Hola,

Quería comentaros que este verano fui a Londres, aproveche para ver la Universidad de Westminster y hablar con los responsables del Grado en Ingenieria de Edificación de esta Universidad, existe en Reino Unido la Asociacion de Ingenieros de Edificación. Su profesión es como la nuestra.

Tienen acuerdos con Universidades Americanas, de Asia y Australia donde también existe los estudios de Grado en Ingenieria de Edificación. Os dejo como referencia una oferta de trabajo en NY, no solo existe este Grado en Europa, estamos hablando del PLANETA.

Building Engineer jobs in New York, NY(25 jobs)
Job 1 - 1 of 25 new job
Title Company Location Date Posted
Building Engineer
Brookdale Senior Living New York, NYWednesday, December 28 2011
from Networks and Systems Professional Association - Save Job

No podemos rendirnos. MOVILIZACION ¿Por que no se manda una carta al actual Ministro de Educación y a su homologo/a europeo indicando que somos 20.000 afectados? No como Consejo de la Arquitectura Técnica sino a titulo particular uno por uno.

¿Donde tenemos que ir a firmar?

Seguro que los jueces ni se han enterado, estoy convencido de que pensaran que es un proyecto de titulo de grado y que no existen ni titulados, se ha juzagado en base a teorias filosoficas, no sobre la realidad y pensando en las personas, es facil juzgar sin conocimiento y por intereses dificiles de entender, asi esta España.

Enlaces:

http://www.westminster.ac.uk/courses/undergraduate/subject?subject=Property%20and%20Construction&level=UG

http://www.westminster.ac.uk/courses/undergraduate/overview?coursecode=U09FUBEN&school=School%20of%20Architecture%20and%20the%20Built%20Environment

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DBR

Enlace Comentario Martes, 17 Enero 2012 13:25

La pelea de las ingenierías.
Ahora mismo son peleas de perros, famélicos. Mientras la de edificación antaño empachada, se muere en la actual crisis de su sector, la industrial busca que comer en el basurero del otro, esperando que algún día vuelva a estar lleno, porque industria lo que se dice industria, aquí no hay. Mientras los Ingenieros de Edificación luchan día a día por llamarse como sus homólogos europeos (y mundiales), los industriales intentan enseñarle al mundo su definición de ingeniero. ¿Y por qué tantos ladridos por una palabra? La riña es en el ámbito académico, pero lo que da de comer está en el mundo laboral. La reforma universitaria europea tocó de primer plato, a través del plan Bolonia, la reforma laboral y de atribuciones viene a continuación, convergencia total hacia Europa, la llaman. Aquí la clave será llamarse Ingeniero, si eres Ingeniero firmas y si no eres Ingeniero, no. Es decir, entras a jugar con los mayores a las cartas o sigues practicando con tus hermanos pequeños, así de sencillo. ¿O pensaban que se iban a gastar los pleiteadores Industriales tanto dinero en querellas por una simple palabra? ¿En plena crisis? Ellos que odian las letras porque son más de ciencias que cualquier otro…No señores, todo es acerca del dinero (otra vez), que dicen que mueve montañas, que las cambia de sitio, o de nombre…. esperemos que esta vez no. Seamos lógicos y realistas, pidamos lo imposible.

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Europeo

Enlace Comentario Lunes, 16 Enero 2012 18:54

ATENCIÓN A LA CARTA DE LOS INGENIEROS INDUSTRIALES....ahí están metiendo presión a los representantes del nuevo Ministerio de Educación.
http://www.ingenierosindustriales.es/Docs/Contestacion_Carta_abierta_12_enero_2012.pdf

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Miguel

Enlace Comentario Domingo, 15 Enero 2012 20:52

Las garras de los ingenieros industriales llegan a la mas alta representación de las univeridades. Os informo que actualmente el rector de la universidad de sevilla es ingeniero industrial......... O se nos trata con justicia o nos aniquilarán como profesionales de la edificacion. Las continuas reuniones de consejo general de ingenieros industriales con sus profesionales de este colectivo posicionados politicamente ( la ultima reunion con el presidente del cabildo canario que es ing. Industrial), hace mas alargada la sombra sobre nuestro título y exterminación de nuestra profesion. En nuestro pais la autonomia universitaria era sinonimo de DEMOCRACIA. Lo que están pretendiendo los industriales, es retroceder no solo a épocas de ausencia de democracia( represiones, inmovilismo...... sino además volver a época donde se permitian elimimar profesiones por intereses de colectivos de unos sobre otros, sin beneficios para la sociedad sino para unos pocos, eeo sí, como he comentado al principio de mi intervención, bien posicionados.....TODA UNA DESGRACIA PARA NUESTRA SOCIEDAD

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ingeneiro

Enlace Comentario Domingo, 15 Enero 2012 19:24

Se abre el telón se ve a un mono industrial confundido, se cierra el telón

Como se llama la pelicula???

El planeta de los dinios confundidos!!!

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Ingeniero Edificación

Enlace Comentario Domingo, 15 Enero 2012 19:21

Se abre el telón, y se ve a un mono ingeniero confundido. Se cierra el telón

Como se llama la pelicula???

El planeta de los dinios!!!

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Autonomía Universitaria

Enlace Comentario Sábado, 14 Enero 2012 11:16

Por favor, mirar la carta de los rectores e intentar pasarla a todos los Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación que podais conocer, es trascendente, debemos movilizarnos en todos nuestros colegios y comunidades autonomas.

Intentar movilizar a vuestros colegios, algunos bastantes dormidos y a las Universidades que tengais proximas.

Si permitimos este grave asunto, estaremos ante la desapareción de una de las profesiones más antiguas del Estado Español (1.450) puede desaparecer en beneficio de otras profesiones que se crearon en los inicios del 1900. Nuestra profesión siempre ha sido respetuosa con otras profesiones y nunca hemos actuado en la linea de lo que actualmente estamos sufriendo.

Llegado el caso deberiamos unirnos y demandar si llegara el caso a los tribunales, como podeis ver en la carta este acto del tribunal supremo es unico en nuestro pais y en Europa, no existen precedentes, no respeta la autonomia universitaria y los procesos previos de evalucación del Grado de Ingenieria de Edificación que se puso en marcha en el año 2000, mediante las reuniones del Consejo de la Arquitectura Técnica, Colegios de Arquitectos Técnicos, otras profesiones, ANECA, publicación publica del libro blanco de los estudios de Ingenieria de Edificación, aprobación y visto bueno por el colectivo más proximo “Arquitectos” aprobación en el consejo de Ministros y desarrollo de los planes de estudio, convenios con universidades, mil acciones…..

Actualmente han cursado el Grado de Ingenieria de Edificación, 15.000 Arquitectos Técnicos o alumnos nuevos de Grado, me pregunto quien pagara la cuenta de los daños y perjuicios.

Si el Ministerio atendiera la sentencia erronea y claramente condicionada por este colectivo, estariamos en una total indefensión de profesión y de intromisión por unos tribunales que no tienen competencia para decidir sobre la autonomia universitaria, con el absurdo pretesto de que la denominación de Ingeniero de Edificación conduce a “confusión”.

En tal caso, los argumentos de la sentencia son reciprocos con los actuales grados aprobados que conducen a la colegiación en los colegios de Ingenieros e Ingenieros t. Industriales, no existe las profesiones reguladas de graduado en ingenieria mecanica, electrica, técnologias industriales, diseño, creo que deberiamos tener la misma preocupación de los dirigentes de la Ingenieria Industrial, que han montado este cristo por que les preocupan nuestros alumnos de IE. !QUE BUENOS SAMARITANOS!.

¿que pasara con los alumnos que hacen estos grados, donde no existen su profesión regulada? ¿donde podran colegiarse o asociarse? ?que atribuciones pueden tener? LA VERDAD ES QUE ESTE TEMA ME CONFUNDE, YO CREO QUE GENERA UNA GRAN GRAN CONFUSION EN LA SOCIEDAD.


LLegado a este caso, creo que deberiamos unirnos los titulados (+ de 15.000) y reclamar daños y perjuicios al Tribunal, en su caso al Ministerio y por supuesto a los responsables del Consejo de Ingenieros Industriales sin olvidar las acciones a emprender en los tribunales europeos, el Estado Español habra incumplido uno de los proyectos más importantes, “el espacio europeo de enseñanza superior. Bolonia”

POR FAVOR, PASARLO, DEBEMOS MOVILIZARNOS, NUESTRA PROFESION DEBE ESTAR CLARISIMA ANTES DE QUE SE APRUEBE LA LEY DE SERVICIOS PROFESIONALES, QUE SERIA EL SITIO IDEAL PARA INDICAR QUE EXISTE LAS PROFESIONES REGULADAS DE INGENIERO DE EDIFICACION Y ARQUITECTO TECNICO.

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IE

Enlace Comentario Viernes, 13 Enero 2012 13:58

falta de habilitacion legal de los ITIs en cuanto a la redaccion de proyectos de adecuacion de locales comerciales

http://www.coaatcan.com/normativa/sentencias/sentencias2A.htm

En muchas administraciones publicas, por fin se estan rechazando dichos proyectos firmados por Tecnicos No COmpetentes(ITIs cuyas especialidades nada tienen que ver con la edificacion)

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